NORMATIVA BASICA:
OBJETO:
"c) Secretaría-Intervención, a la que corresponden las funciones de la fe pública y el asesoramiento legal preceptivo y las funciones de control y fiscalización interna de la gestión económica-financiera y presupuestaria, y la contabilidad, tesorería y recaudación." (art. 2 RD 128/2018 - RJFALHN)
ALCANCE:
A. EXENCION puesto de Secretaría, por imposibilidad de Agrupación con otras EELL - (art. 10 RD 128/2018 - RJFALHN).-
"Artículo 10. Exenciones.
1. No obstante lo dispuesto en el artículo anterior, las Entidades Locales con población inferior a 500 habitantes y presupuesto inferior a 200.000 euros, podrán ser eximidas por la Comunidad Autónoma, previo informe de la Diputación Provincial, Cabildo o Consejo Insular, de la obligación de crear o mantener el puesto de trabajo de Secretaría, en el supuesto de que no fuese posible efectuar una agrupación con otras Entidades Locales para mantener dicho puesto."
B. COMISION CIRCUNSTANCIAL - (art. 55 RD 128/2018 - RJFALHN).-
"Artículo 55. Comisiones circunstanciales.
En los casos de ausencia, enfermedad o abstención legal o reglamentaria de funcionario de administración local con habilitación de carácter nacional en municipios de menos de 1.000 habitantes, a petición de la Corporación interesada, la Administración o Corporación Local que atienda los servicios de asistencia podrá comisionar a un funcionario de administración local con habilitación de carácter nacional para la realización de cometidos especiales de carácter circunstancial, por el tiempo imprescindible."
- EELL eximidas-vía SAT Diputación del puesto de Secretario
- Secretaría (ejercicio de los funciones de fé pública y asesoramiento legal preceptivo).
- Intervención (control y fiscalización de la gestión económica, financiera y presupuestaria).
- Tesorería.
Resumen Anual/OFISAMs
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