Los servicios incluidos en el Plan Provincial de adecuación de los sistemas de información de las Entidades Locales de la provincia de Castellón, cuya población es inferior a 20.000 habitantes, a los requerimientos del Esquema Nacional de Seguridad y del Reglamento General de Protección de Datos. (se detallan en el alcance)
Supone el ejercicio de las competencias propias establecidas en la Ley 7/85 de Bases del Régimen Local en los artículos siguientes:
Art. 36-1-b), “la asistencia y la cooperación jurídica, económica y técnica a los Municipios, especialmente los de menor capacidad económica y de gestión”
Art. 36-1-g), “La prestación de los servicios de administración electrónica y la contratación centralizada en los municipios con población inferior a 20.000 habitantes”
ALCANCE
A - Gestión a cargo de la Diputación:
“Quinta.- NATURALEZA, DESCRIPCIÓN Y ALCANCE DE LA GESTIÓN A CARGO DE LA DIPUTACION.
1. La Diputación llevará a cabo las actividades de carácter material, técnico y de servicios que se indicarán, todas ellas integrantes de la adecuación de los sistemas de información de las Entidades Locales a los requerimientos del Esquema Nacional de Seguridad y del Reglamento General de Protección de Datos.
2. La Diputación tendrá a su cargo y llevará a cabo las siguientes actividades:
2.1. Plan de Adecuación de acuerdo con la guía de seguridad CCN-STIC-806 del Esquema Nacional de Seguridad.
2.2. Actualización del Plan de Adecuación.
2.3. Adecuación en materia de protección de datos de carácter personal conforme al Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, el cual consta de:
1. Análisis de Riesgos
2. Realización de las evaluaciones de impacto requeridas.
3. Elaboración de clausulas para cumplir con el deber de información y cuando sea requerido obtener el consentimiento.
4. Redacción de contratos o acuerdos de encargo de tratamiento.
5. Elaboración del Registro de Actividades de tratamiento de datos personales.
6. Redacción de todos los procedimientos requeridos.
7. Formación: Formación y concienciación de usuarios - Formación a responsables de seguridad - Formación a Delegado de Protección de Datos (DPD)
2.4 Implantación de un software de gestión.”
1. La Entidad Entidad Local se obliga a adoptar todos los actos administrativos y llevar a cabo las actuaciones necesarias para que la Diputación pueda realizar el seguimiento de actividades que conlleva este tipo de asistencia.
2. La Entidad Local se compromete a revisar los procedimientos internos y a aprobar sin demora cuantos documentos se requieran para la adecuación de la misma a los requerimientos del Esquema Nacional de Seguridad y la Protección de Datos.
indicadores de actividad y gestión
TRAMITES SOBRE SOLICITUD SERVICIO - REGISTRO ENTRADA EN SEDE
COMUNICACIONES SOBRE USO SERVICIO - GESTOR DE ASISTENCIAS (CAU)
PLAZO DE SOLICITUD
MEDIOS
formación
MANUALES
GUÍAS CURSOS (link a docs del producto suministrado)
CIRCULARES INFORMATIVAS
UTILIDADES
COMUNICACIÓN
UNIDAD GESTORA DEL SERVICIO