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Unidad Responsable de Accesibilidad

DESTINATARIOS:

  • Son destinatarios las Entidades Locales de la provincia de Castellón que a continuación se relacionan:
    - La propia diputación provincial, sus organismos autónomos administrativos, así como sus consorcios adscritos.
    ​- Los ayuntamientos de municipios de la provincia de Castellón, sus organismos autónomos administrativos, así como sus consorcios adscritos, las mancomunidades y Entidades Locales Menores de la provincia siempre que estén adheridas al Proyecto Portal Web Municipal de la Diputación de Castellón, cuya convocatoria y bases fue publicada en el B.O.P. nº 38 de fecha 29 de marzo de 2007.


OBJETO:

  • Este programa de asistencia tiene por objeto facilitar el cumplimiento por parte de las Entidades Locales del Real Decreto 1112/2018, sobre accesibilidad de los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles del sector público, a través de la encomienda de gestión de las funciones derivadas de la Unidad Responsable de Accesibilidad (también denominada URA) de la Diputación de Castellón.

ALCANCE

  • 1. La Diputación de Castellón llevará a cabo todas las actividades de carácter material, técnico y de
    servicios correspondientes para prestar los servicios de Unidad Responsable de Accesibilidad a las
    Entidades Locales de la provincia.

  • 2. En concreto, se asumirán las siguientes funciones propias de una URA:

    1. Coordinar y velar por el funcionamiento efectivo de los mecanismos de comunicación establecidos,
    que garantice que las consultas, sugerencias, comunicaciones, quejas y solicitudes recibidas se tratan
    de forma efectiva.
    2. Atender y dar respuesta a las reclamaciones que le sean redirigidas.
    3. Revisar las evaluaciones realizadas para acogerse a la excepción del cumplimiento de los requisitos de accesibilidad por imponer éstos una carga desproporcionada.
    4. Coordinar las revisiones periódicas de accesibilidad, con la colaboración, en su caso, de las Unidades de tecnologías de la información y comunicaciones.
    5. Coordinar y fomentar las actividades de promoción, concienciación y formación.
    6. Realizar los informes anuales establecidos.
    7. Actuar como punto de contacto con el organismo encargado de realizar el seguimiento y presentación de informes y colaborar con las tareas que tiene asignadas.
    8. Cualesquiera otras, que en garantía de la accesibilidad de los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles les puedan ser atribuidas.
    9. En base al art. 19 del Real Decreto 1112/2018, la Unidad Responsable de Accesibilidad solicitará y
    enviará tres informes anuales sobre su ámbito de actuación concreto que tendrá disponibles antes del
    1 de octubre de cada año a partir del año 2025:

    a) Informe sobre la atención de quejas y reclamaciones. Dicho informe incluirá las medidas puestas
    en práctica para atender las cuestiones planteadas en el artículo 16.3.a) junto a un estudio de las comunicaciones, consultas, sugerencias, solicitudes de información accesible y quejas formuladas a través
    del mismo. También incluirá un estudio de las reclamaciones atendidas y revisiones realizadas según el
    artículo 16.3.b) y c).

    b) Informe de seguimiento sobre el cumplimiento de los requisitos de accesibilidad dentro de su
    ámbito competencial incluyendo las medidas puestas en marcha para atender las acciones contempladas
    en el artículo 16.3.d) y los resultados derivados de ellas. Asimismo, se incluirán todos los informes de
    revisión de la accesibilidad realizados según lo previsto en el artículo 17.

    ​c) Informe de seguimiento sobre la promoción, concienciación y formación dentro de su ámbito
    competencial incluyendo las medidas puestas en marcha para atender las acciones contempladas en el
    artículo 16.3.e) y los resultados derivados de ellas

TRAMITES SOBRE SOLICITUD SERVICIO - REGISTRO ENTRADA EN SEDE

UNIDAD GESTORA DEL SERVICIO

  • Sección Asistencia Informática Municipal (SEPAM)
    • Jefe de Sección - (Álvaro Porcar) - Correo electrónico: aporcar@dipcas.es