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Asistencia a EELL - Servicio de apoyo informático - SAI


DESTINATARIOS:

  • ENTIDADES LOCALES HASTA 20.000 HABITANTES
    • Hasta 5.000 habitantes: sin límite de asistencias.
    • De 5.000 a 20.000 habitantes: hasta 50 asistencias anuales.


OBJETO:

  • Los servicios de apoyo informático (SAI) de primer nivel al usuario de un puesto de trabajo informático de una Entidad Local. en materia de telecomunicaciones, hardware, sistemas operativos, así como en aquellos ámbitos que presentan una especial dificultad en el área de las Nuevas Tecnologías.

  • Supone el ejercicio de las competencias propias establecidas en la Ley 7/85 de Bases del Régimen Local en los artículos siguientes:

    • Art. 36-1-b), “la asistencia y la cooperación jurídica, económica y técnica a los Municipios, especialmente los de menor capacidad económica y de gestión”


ALCANCE

  • Reglamento por el que se regula la asistencia administrativa, jurídica, económica y técnica a las entidades locales de la provincia de Castellón
  • Servicio gratuito
  • A - Gestión a cargo de la Diputación:

    • 1 Resolución de consultas e incidencias relacionados con las siguientes materias:

      • • Solicitudes de altas / bajas en servicios.

      • • Navegación por internet.

      • • Aplicaciones ofimáticas.

      • • Correo electrónico.

      • • Sistema operativo.

      • • Software de antivirus.

      • • Equipos e infraestructuras de comunicaciones LAN.

      • • Certificados digitales.

      • • Tramitación electrónica.

      • • Interacción con otros Organismos Públicos.

      • • Conectividad con periféricos.

    • 2. Formación e información a los usuarios:

      • Formación. Elaboración de contenidos formativos destinados a los usuarios, tales como manuales, tutoriales, video tutoriales, píldoras formativas.

      • Información.

      • Elaboración de contenidos informativos dirigidos a los usuarios.

  • B - Gestión a cargo de la Entidad Local:
    • 1. La Entidad Local se obliga a dictar los actos administrativos y llevar a cabo las actuaciones necesarias para que la Diputación pueda realizar el seguimiento de actividades que conlleva la asistencia a las Entidades Locales en la materia.

    • 2. Asimismo, la Entidad Local se compromete a seguir los protocolos de actuación que se establezcan por la Diputación en aplicación de la normativa o como consecuencia de los sistemas informáticos utilizados

indicadores de actividad y gestión

TRAMITES SOBRE SOLICITUD SERVICIO - REGISTRO ENTRADA EN SEDE


COMUNICACIONES SOBRE USO SERVICIO - GESTOR DE ASISTENCIAS (CAU)

PLAZO DE SOLICITUD

  • Continuo todo el año

MEDIOS

formación

  • MANUALES




  • GUÍAS CURSOS (link a docs del producto suministrado)


  • CIRCULARES INFORMATIVAS



UNIDAD GESTORA DEL SERVICIO

  • Sección Asistencia Informática Municipal (SEPAM)
    • Jefe de Sección - (Álvaro Porcar) - E-mail: apocar@dipcas.es