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Asistencia a EELL - Gestión presupuestaria y contable (SicalWin, GAC y Conector AytosFactur@)


DESTINATARIOS:

  • ENTIDADES LOCALES HASTA 20.000 HABITANTES


OBJETO:

  • La asistencia de la Diputación Provincial a las Entidades Locales de la Provincia de Castellón en los trabajos de gestión presupuestaria y contable. (se detallan en el alcance)
  • Supone el ejercicio de las competencias propias establecidas en la Ley 7/85 de Bases del Régimen Local en los artículos siguientes:
    • Art. 36-1-b), “la asistencia y la cooperación jurídica, económica y técnica a los Municipios, especialmente los de menor capacidad económica y de gestión”​


ALCANCE

  • Reglamento por el que se regula la asistencia administrativa, jurídica, económica y técnica a las entidades locales de la provincia de Castellón
  • BASES convocatoria BOP
  • Servicio gratuito
  • A - Gestión a cargo de la Diputación:
    • “(Base 4ª)  1. Naturaleza de la gestión:
      a) La Diputación llevará a cabo las actividades de carácter material, técnico y de servicios que se indicarán, todas ellas integrantes de la gestión presupuestaria y contable de las Entidades Locales, según la legislación presupuestaria aplicable y la Orden EHA/4041/2004, de 23 de noviembre, por la que se aprueba la Instrucción del Modelo Normal de Contabilidad Local (modelo aplicado en la actualidad).
      b) La gestión no supone cesión de titularidad de la competencia municipal ni de los elementos sustantivos de su ejercicio.
      c) Con el asesoramiento técnico, material y de servicios de la Diputación, corresponderá a la Entidad Local dictar las resoluciones o actos jurídicos correspondientes a la gestión presupuestaria y contable de las Entidades Locales.
      2. La Diputación tendrá a su cargo y llevará a cabo las siguientes actividades:
      a) Mantenimiento y actualización de la plataforma tecnológica necesaria.
      b) Centralización, mantenimiento y gestión de las bases de datos donde residan los registros de la gestión presupuestaria y contable.
      c) Conservación de los datos históricos, tanto los iniciales facilitados por las Entidades Locales, como los derivados o generados por la gestión presupuestaria y contable.
      d) Facilitar la descentralización de las operaciones necesarias para la gestión presupuestaria y contable, mediante el acceso telemático de las Entidades Locales a las bases de datos, subordinado, en todo caso, al nivel de implementación de la tecnología disponible y a la concurrencia de razones técnicas que lo hagan aconsejable
      e) Disponer de un servicio de asistencia, tanto a nivel técnico de gestión económica, presupuestaria y contable, como a nivel informático para asegurar el correcto funcionamiento del sistema.
      f) La Diputación, a petición de la Entidad Local, podrá acceder a los datos de la gestión presupuestaria y contable únicamente a efectos de asesoramiento y consultoría. En ningún caso el personal de la Diputación podrá incorporar, modificar o suprimir ningún tipo de operación en el sistema”.
  • B - Gestión a cargo de la Entidad Local:
    • ​​“(Base 8ª) 1. La Entidad Local se obliga a dictar los actos administrativos y llevar a cabo las actuaciones necesarias para que la Diputación pueda realizar el seguimiento de actividades que conlleva la asistencia a las Entidades Locales en materia de gestión presupuestaria y contable.
      2. Asimismo, la Entidad Local se compromete a seguir los protocolos de actuación que se establezcan por la Diputación en aplicación de la normativa o como consecuencia de los sistemas informáticos utilizados”.

indicadores de actividad y gestión

PLAZO DE SOLICITUD

  • Continuo todo el año

MEDIOS

UNIDAD GESTORA DEL SERVICIO

  • Sección Asistencia Económica Municipal (SEPAM)
    • Jefe de Sección - (Juan Carlos Ortiz) - E-mail: jcortiz@dipcas.es