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Asistencia a EELL - RRHH - TRIBUNALES SELECCION


DESTINATARIOS:

  • ENTIDADES LOCALES - 


OBJETO:

  • La asistencia en la composición de tribunales de selección de personal ante la falta de personal propio.

  • Supone el ejercicio de las competencias propias establecidas en la Ley 7/85 de Bases del Régimen Local en los artículos siguientes:

    • Art. 36-1-b), “la asistencia y la cooperación jurídica, económica y técnica a los Municipios, especialmente los de menor capacidad económica y de gestión”

    • Art. 36-2 : “A los efectos de lo dispuesto en las letras a), b) y c) del apartado anterior, la Diputación o entidad equivalente:

      c) Garantiza el desempeño de las funciones públicas necesarias en los Ayuntamientos y les presta apoyo en la selección y formación de su personal sin perjuicio de la actividad desarrollada en estas materias por la Administración del Estado y la de las Comunidades Autónomas”

ALCANCE

  • Reglamento por el que se regula la asistencia administrativa, jurídica, económica y técnica a las entidades locales de la provincia de Castellón
  • Servicio gratuito
  • A - Gestión a cargo de la Diputación:

    • 1. La Diputación llevará a cabo la actividad de propuesta de personal cualificado para formar parte del tribunal de selección de personal, siempre que disponga de éste en su plantilla.

    • 2. La gestión no supone cesión de titularidad de la competencia ni de los elementos sustantivos de su ejercicio.

    • 3. Con el apoyo técnico, material y de servicios de la Diputación, corresponderá a la Entidad dictar las resoluciones o actos jurídicos sobre la materia.

  • B - Gestión a cargo de la Entidad Local:
    • 1. Se obliga a dictar los actos administrativos y llevar a cabo las actuaciones necesarias para que la Diputación pueda realizar el seguimiento de actividades que conlleva la gestión.

    • 2. Se compromete a seguir los protocolos de actuación que se establezcan por la Diputación en aplicación de la normativa o como consecuencia de los sistemas informáticos utilizados.

    • 3. Acreditar que la Entidad no cuenta con personal cualificado, vinculado a la Corporación municipal por cualquier tipo de relación funcionarial o laboral, para formar parte del tribunal de selección de personal.


indicadores de actividad y gestión

PLAZO DE SOLICITUD

  • Continuo todo el año

MEDIOS

formación

  • MANUALES


  • CIRCULARES INFORMATIVAS


UNIDAD GESTORA DEL SERVICIO

  • Sección Asistencia Jurídico-Admva Municipal (SEPAM)
    • Jefe de Sección - (Paloma Sanchez-Peral)) - E-mail: psanchezperal@dipcas.es