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Asistencia a EELL - Padrón Municipal de Habitantes


DESTINATARIOS:

  • ENTIDADES LOCALES HASTA 20.000 HABITANTES


OBJETO:

  • La asistencia de la Diputación Provincial a los Ayuntamientos de la Provincia de Castellón en los trabajos de gestión del Padrón Municipal de Habitantes , en los términos de la Ley 7/85, de 2 de abril de Bases del Régimen Local que en su art. 17.1, tercer párrafo indica que “La gestión del Padrón municipal se llevará por los Ayuntamientos con medios informáticos. Las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos insulares asumirán la gestión informatizada de los padrones de los municipios que, por su insuficiente capacidad económica y de gestión, no puedan mantener los datos de forma automatizada.” (se detallan en el alcance)

  • Supone el ejercicio de las competencias propias establecidas en la Ley 7/85 de Bases del Régimen Local en los artículos siguientes:

    • Art. 36-1-b), “la asistencia y la cooperación jurídica, económica y técnica a los Municipios, especialmente los de menor capacidad económica y de gestión”


ALCANCE

  • Reglamento por el que se regula la asistencia administrativa, jurídica, económica y técnica a las entidades locales de la provincia de Castellón

  • BASES convocatoria BOP del 20/01/2005

  • Servicio gratuito

  • A - Gestión a cargo de la Diputación:

  • “Cuarta.- NATURALEZA, DESCRIPCIÓN Y ALCANCE DE LA GESTIÓN A CARGO DE LA DIPUTACIÓN.

    • - Naturaleza de la gestión:

      • 1. La Diputación llevará a cabo las actividades de carácter material, técnico y de servicios que se indicarán, todas ellas integrantes de la gestión informatizada del Padrón de habitantes del municipio.

      • 2. La gestión no supone cesión de titularidad de la competencia municipal ni de los elementos sustantivos de su ejercicio.

      • 3. Con el apoyo técnico, material y de servicios de la Diputación, corresponderá al Ayuntamiento dictar las resoluciones o actos jurídicos que den apoyo o en los cuales se integren la formalización, actualización, revisión y custodia del Padrón municipal de habitantes.

    • - La Diputación tendrá a su cargo y llevará a cabo las siguientes actividades:

      • a) Mantenimiento y actualización de la plataforma tecnológica necesaria.

      • b) Centralización de una base de datos.

      • c) Recepción, procesamiento y remisión de datos provenientes de otras Administraciones u Organismos, de acuerdo con la normativa vigente sobre padrón de habitantes y censo electoral ( INE, OCE, … ).

      • d) Emisión de los datos para la actualización del censo electoral.

      • e) Conservación de los datos históricos al alcance de las sucesivas renovaciones efectuadas.

      • f) Descentralización de determinadas operaciones (como, la obtención de documentos impresos, la mecanización del registro de población u otros), mediando el acceso telemático de los Ayuntamientos, subordinada en todo caso al nivel de implementación y a la concurrencia de razones técnicas que lo hagan aconsejable.

      • g) En general, todas aquellas otras actividades de materialización de los intercambios de información digital con otras Administraciones que deriven de la gestión del padrón de habitantes.”. (Base 4ª)

  • B - Gestión a cargo de la Entidad Local:

    • “Octava.- OBLIGACIONES DEL AYUNTAMIENTO.

      • 1. La Ayuntamiento se obliga a dictar los actos administrativos y llevar a cabo las actuaciones necesarias para que la Diputación pueda realizar el seguimiento de actividades que conlleva la gestión.

      • 2. Asimismo, el Ayuntamiento se compromete a seguir los protocolos de actuación que se establezcan por la Diputación en aplicación de la normativa o como consecuencia de los sistemas informáticos utilizados.”. (Base 8ª)

indicadores de actividad y gestión

TRAMITES SOBRE SOLICITUD SERVICIO - REGISTRO ENTRADA EN SEDE

formación


  • CONVOCATORIA Y SOLICITUD DE CURSOS FORMACIÓN GALI PADRÓN

Desde el SEPAM, hemos puesto en marcha distintos cursos de formación ONLINE del aplicativo del padrón municipal de habitantes Gali Padrón impartidos por la empresa ES PÚBLICO SERVICIOS PARA LA ADMINISTRACIÓN S.A.U. Octubre 2024 - Septiembre 2025.

Estos cursos se han confeccionado en distintos bloques de contenidos y duración desde un nivel básico a otros mas adelantados y como máximo 15 participantes por curso.

Formulario inscripción Curso "Basico"

Movimientos de habitantes y Emisión de Certificados; Modificación de datos territoriales de forma masiva; Exportación de datos.


Formulario inscripción Curso "Errores"

Recepción de errores y su tratamiento, Envío de variaciones, Proceso de extranjería.


Formulario inscripción Curso "Cifras"

Proceso de cifras y gestión de sus ficheros de respuesta (R, E O, OBIS).

Formulario inscripción Curso "Certificados"

Configuración de certificados (párrafos, marcadores, configuración de firmas, uso de rutas personalizadas).


Aquellos que sean admitidos, recibirán un correo de confirmación de Wurth con el enlace a la plataforma.


UTILIDADES

UNIDAD GESTORA DEL SERVICIO

  • Sección Asistencia Jurídico-Admva Municipal (SEPAM)
    • Jefe de Sección - (Paloma Sanchez-Peral)) - E-mail: psanchezperal@dipcas.es